Código de Aguas reformado: qué cambió para quienes tienen o quieren un pozo | Sondagua

Código de Aguas reformado: qué cambió para quienes tienen o quieren un pozo

Código de Aguas reformado

La reforma al Código de Aguas, vigente desde el 6 de abril de 2022, transformó la forma en que se otorgan, mantienen y conservan los derechos de agua en Chile. Para cualquier persona o empresa que ya tiene un pozo, o que está pensando en perforar uno, estos cambios no son un detalle legal: definen si su derecho seguirá vigente, qué obligaciones debe cumplir y qué riesgos enfrenta si no actúa a tiempo. Acá resumimos lo esencial y su impacto práctico.

Por qué se reformó el Código de Aguas

El Código de Aguas anterior permitía que los derechos de agua fueran perpetuos y se entregaran sin mayores condiciones de uso. Con el paso de los años, esto generó acaparamiento, especulación y derechos sin utilizar, en un país que enfrenta una prolongada escasez hídrica.

La Ley N° 21.435 buscó corregir ese escenario con un principio central: el agua es un bien nacional de uso público que debe usarse de forma efectiva, sustentable y con prioridad para las personas. A partir de esa idea se construyeron los cambios que afectan directamente a los titulares de pozos.

Los cambios clave de la reforma

El consumo humano es ahora prioridad

La reforma consagra el derecho humano al agua y al saneamiento. Esto significa que el uso para consumo humano, doméstico y saneamiento tiene preferencia por sobre cualquier otro uso, tanto al momento de otorgar nuevos derechos como cuando es necesario limitar los existentes ante una baja disponibilidad del recurso.

Los nuevos derechos son temporales

Los derechos que se constituyan después de la reforma ya no son perpetuos. Se otorgan mediante una concesión con una duración de hasta 30 años, prorrogable de forma automática, salvo que la Dirección General de Aguas (DGA) acredite que el derecho no se está usando o que su ejercicio compromete la sustentabilidad de la fuente.

Los derechos otorgados antes de la reforma conservan su carácter indefinido, pero quedan igualmente sujetos a las causales de caducidad y extinción que se explican a continuación.

Caducidad por no inscribir el derecho

Uno de los puntos más sensibles para los titulares: un derecho de agua puede caducar —es decir, extinguirse por el solo mérito de la ley— si no se encuentra inscrito en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces y registrado en el Catastro Público de Aguas (CPA) de la DGA.

El plazo original era acotado, pero ha sido prorrogado en dos oportunidades ante las dificultades de muchos usuarios para completar el trámite. Actualmente, el plazo para inscribir y regularizar vence el 6 de abril de 2027. Dado que esta fecha ha cambiado antes, conviene verificar siempre el plazo vigente antes de iniciar el proceso.

Extinción por no uso efectivo

La reforma también castiga el no uso del agua. Si el titular no construye las obras que permiten captar el recurso dentro de los plazos legales, el derecho puede extinguirse total o parcialmente. Los plazos son de 5 años para los derechos consuntivos (riego, consumo, uso industrial) y de 10 años para los no consuntivos.

En términos simples: un derecho que no se utiliza es un derecho en riesgo.

Patentes más altas por no usar el agua

Para reforzar lo anterior, la ley aumentó el valor de las patentes por no uso, que deben pagar quienes mantienen derechos sin aprovecharlos. Estos montos se incrementan con el tiempo, encareciendo de manera progresiva la mantención de derechos ociosos y desincentivando la especulación.

¿Qué significa esto si ya tienes un pozo?

Si ya cuentas con un pozo en operación, la reforma te obliga a revisar tu situación con atención. Estos son los puntos críticos:

  • Verifica que tu derecho esté inscrito en el Conservador de Bienes Raíces y registrado en el Catastro Público de Aguas. Es el principal resguardo frente a la caducidad.
  • Confirma que estás usando el agua de forma efectiva y que las obras de captación están construidas, para evitar la extinción por no uso.
  • Regulariza a tiempo si extraes agua sin un título inscrito a tu nombre, dentro del plazo legal vigente.
  • Mantén tu información actualizada ante la DGA, ya que la reforma fortaleció las facultades de fiscalización y los deberes de información de los titulares.

¿Qué significa esto si quieres perforar un pozo?

Para quienes están iniciando un proyecto, la reforma hace aún más importante planificar bien desde el comienzo:

  • El nuevo derecho será temporal y condicionado al uso efectivo, por lo que conviene tener claro el proyecto antes de solicitarlo.
  • La solicitud debe acreditar disponibilidad real del recurso, lo que vuelve indispensable un estudio hidrogeológico sólido.
  • Una vez otorgado el derecho, hay que inscribirlo y construir las obras dentro de los plazos para no perderlo.

Cumplir estos pasos correctamente desde el inicio evita rechazos, demoras y la pérdida de la inversión realizada en la perforación del pozo.

Mantén tu derecho de agua en regla con apoyo experto

La reforma al Código de Aguas elevó las exigencias para todos los titulares: hoy hay que usar el agua, inscribir el derecho y cumplir los plazos para conservarlo. Un descuido administrativo puede significar la pérdida de un recurso clave para tu actividad agrícola, industrial o domiciliaria.

En Sondagua acompañamos a nuestros clientes en todo el proceso, desde el estudio del terreno y la captación eficiente del agua subterránea hasta la construcción de las obras necesarias para mantener el derecho vigente. Conoce todos nuestros servicios y avanza con respaldo profesional en cada etapa de tu proyecto.

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