
Antes de perforar un pozo o aprovechar una fuente de agua en Chile, hay un paso que no se puede saltar: contar con el derecho de aprovechamiento de agua correspondiente. Este permiso, otorgado por el Estado, es la base legal que respalda cualquier proyecto de captación, riego o abastecimiento. Entender qué es, qué tipos existen y cómo solicitarlo ante la autoridad es clave para operar dentro de la normativa y evitar sanciones. A continuación lo explicamos de forma clara y práctica.
En Chile, el agua es un bien nacional de uso público. Esto significa que pertenece a todas las personas y que nadie puede apropiarse de ella libremente. Para usarla, el Estado entrega, a través de la Dirección General de Aguas (DGA), un derecho de aprovechamiento de aguas (DAA).
Este derecho autoriza a su titular a extraer y utilizar una cantidad determinada de agua, desde una fuente específica y en condiciones definidas (caudal, punto de captación y modalidad de uso). Es un derecho real, lo que permite usarlo, transferirlo o constituir garantías sobre él, siempre dentro de los límites que fija la ley.
No todos los derechos de agua son iguales. La normativa distingue varias categorías según el uso que se le dará al recurso y las características de la fuente.
Esta es la clasificación más relevante al momento de solicitar un derecho:
Además de la distinción anterior, los derechos también se clasifican según:
Para los proyectos de pozos, lo habitual es solicitar un derecho consuntivo sobre aguas subterráneas, ya sea para riego, consumo o uso industrial.
El 6 de abril de 2022 entró en vigencia la Ley N° 21.435, que reformó el Código de Aguas e introdujo cambios de fondo en cómo se otorgan y mantienen los derechos. Los más importantes son:
En la práctica, esto significa que hoy no basta con obtener el derecho: hay que usarlo, inscribirlo y mantenerlo vigente.
El trámite se realiza ante la Dirección General de Aguas y, en el caso de las aguas subterráneas, exige respaldo técnico que demuestre la disponibilidad del recurso y que no se afectará a terceros. Estos son los pasos generales:
La presentación ante la DGA no tiene un costo directo, pero el solicitante debe financiar gastos asociados: las publicaciones, la difusión radial, las visitas a terreno y la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces. A esto se suman los honorarios del estudio hidrogeológico y la asesoría técnica, que son una inversión necesaria para asegurar el éxito de la solicitud.
Existe la figura de la regularización, pensada para quienes han usado el agua de forma efectiva e ininterrumpida durante años sin contar con un título inscrito. Quienes acrediten ese uso pueden solicitar el reconocimiento del derecho a su nombre.
Es importante tener presente que la reforma fijó un plazo acotado para iniciar este proceso: hasta el 6 de abril de 2027. Operar un pozo sin derechos vigentes expone a multas, a la clausura de las obras y a la pérdida del recurso, por lo que regularizar a tiempo es fundamental.
Solicitar un derecho de aprovechamiento de aguas es un proceso técnico y legal que combina estudios hidrogeológicos, trámites ante la DGA e inscripciones registrales. Un error en los antecedentes o en los plazos puede significar el rechazo de la solicitud o, peor aún, la pérdida del derecho.
En Sondagua contamos con más de 20 años de experiencia en hidrogeología y en la perforación de pozos profundos, acompañando a nuestros clientes desde el estudio inicial del terreno hasta la captación y aprovechamiento del agua. Si estás evaluando un proyecto, te recomendamos revisar primero las claves para elegir el lugar ideal donde perforar un pozo y luego conocer todos nuestros servicios para avanzar con respaldo profesional en cada etapa.
